Cómo usar la calculadora
- Elige Añadir IVA si tienes el precio sin impuestos, o Quitar IVA si el importe ya lo incluye (el total de un ticket, de una factura o el precio de una tienda).
- Escribe el importe. Puedes usar la coma decimal, por ejemplo 49,90.
- Pulsa un tipo de IVA o escribe el tuyo. Verás la base imponible, la cuota de IVA y el total.
Fórmulas del IVA
Con un tipo de IVA t en porcentaje:
Ejemplo: una factura con una base imponible de 250 € y un IVA del 21 %.
250 € × 1,21 = 302,50 €. La cuota de IVA es de 52,50 €.
Al revés: un precio final de 121 € con IVA del 21 % tiene una base de 100 € y 21 € de IVA.
Cuidado con un error muy común: restar el 21 % al precio final no da la base imponible. 121 € menos el 21 % son 95,59 €, pero la base correcta es 100 €. Siempre hay que dividir entre 1,21.
Añadir o quitar el IVA del 21 % a importes habituales
Si el importe no lleva IVA, súmale el 21 %. Si ya lo lleva, divídelo entre 1,21: el IVA incluido es solo el 17,36 % del total (21 ÷ 121), no el 21 %.
| Importe | Sin IVA: total con el 21 % | IVA incluido: base | IVA incluido: cuota |
|---|---|---|---|
| 10 € | 12,10 € | 8,26 € | 1,74 € |
| 50 € | 60,50 € | 41,32 € | 8,68 € |
| 100 € | 121,00 € | 82,64 € | 17,36 € |
| 200 € | 242,00 € | 165,29 € | 34,71 € |
| 500 € | 605,00 € | 413,22 € | 86,78 € |
| 1.000 € | 1.210,00 € | 826,45 € | 173,55 € |
Con el 10 % se divide entre 1,10: de 100 € con IVA, 90,91 € son base y 9,09 € son IVA.
Casos reales en España
Un menú del día de 14,30 €. Los restaurantes aplican el 10 %, así que la base es 14,30 € ÷ 1,10 = 13,00 € y el IVA, 1,30 €. Si dividieras entre 1,21 saldrían 11,82 €, una base que no aparece en ningún ticket.
Un ticket del súper con varios tipos. Pan 1,04 € (4 %), aceite de oliva 7,28 € (4 %), pasta 1,10 € (10 %) y detergente 6,05 € (21 %): 15,47 € en total. Cada línea se desglosa con su propio tipo, y las bases suman 1,00 + 7,00 + 1,00 + 5,00 = 14,00 €, con 1,47 € de IVA. Dividir el total entre 1,21 daría 12,79 €, 1,21 € menos de la base real. En un ticket así, calcula línea a línea o mira el desglose por tipos que trae el propio ticket.
Una factura de autónomo con retención. Un profesional factura 1.000 € de base: suma 210 € de IVA (21 %) y resta 150 € de retención de IRPF (15 %), así que el cliente le paga 1.060 €. En el año de alta y los dos siguientes, si no ejerció ninguna actividad profesional en el año anterior al alta y se lo comunica por escrito y firmado al cliente, la retención es del 7 % y cobraría 1.140 €. La retención se calcula siempre sobre la base, nunca sobre el total con IVA.
Tipos de IVA en 2026
| País | Tipo general | Tipos reducidos |
|---|---|---|
| España | 21 % | 10 % y 4 % (superreducido) |
| México | 16 % | 0 % (alimentos y medicinas) |
| Argentina | 21 % | 10,5 % |
| Colombia | 19 % | 5 % |
| Chile | 19 % | — |
| Perú (IGV) | 18 % | — |
En España, la Ley 37/1992 del IVA fija el 21 % como tipo general (art. 90). El 10 % (art. 91.Uno) se aplica, entre otros, a la mayoría de los alimentos, al agua, a la hostelería y los restaurantes y al transporte de viajeros. Las bebidas alcohólicas y los refrescos o zumos con azúcares o edulcorantes añadidos van al 21 % cuando se compran en una tienda, pero al 10 % cuando se sirven en un bar o restaurante para tomar en el momento. El 4 % (art. 91.Dos) es para el pan y las harinas panificables, la leche, los quesos, los huevos, las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales naturales, el aceite de oliva, los libros, periódicos y revistas, los medicamentos de uso humano y las compresas, tampones y preservativos.
Tipos comprobados el 18 de octubre de 2026 en la tabla «Tipos impositivos en el IVA 2026» de la Agencia Tributaria.